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Solicitud a la Unidad de Información Pública
Artículo 15, Decreto Número 57-2008 del Congreso de la República. Uso y Difusión de la Información. Los interesados tendrán responsabilidad, penal y civil por el uso, manejo o difusión de la información pública a la que tenga acceso, de conformidad con esta ley y demás leyes aplicables.