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Resolución de la Política Cambiaria y Crediticia de 2000

JUNTA MONETARIA
Resolución JM-90-2000

Inserta en el Punto Primero del Acta No. 13-2000, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 24 de febrero de 2000.

PUNTO PRIMERO: Propuesta de Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia para el año 2000.

LA JUNTA MONETARIA
RESUELVE:

Determinar la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia para 2000, de la manera siguiente:

I. OBJETIVO Y METAS

  • Objetivo
    El objetivo fundamental de la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia para 2000 es propiciar la estabilidad del nivel general de precios, a fin de recuperar la confianza en la moneda nacional y coadyuvar a que en el mediano plazo se obtengan niveles de inflación similares a los de los principales países socios comerciales de Guatemala, bajo la premisa de que esa es la mejor contribución que la política monetaria puede hacer al logro de un crecimiento económico sostenible.

    Suplementariamente, y sin poner en riesgo el objetivo fundamental, se procurará minimizar la volatilidad de los mercados de dinero y cambiario, así como coadyuvar a una reducción sostenible de las tasas de interés y reencauzar el proceso de intermediación financiera, para lo cual la política monetaria debe verse apoyada fundamentalmente por una disciplina fiscal y por acciones en el ámbito de la modernización financiera.
     
  • Meta
    En congruencia con el objetivo señalado se establece como meta final de la Política Monetaria, Cambiaria y Creditica para 2000, que el ritmo inflacionario no exceda de un rango de entre 5% y 7%, preparando el camino para que en el mediano plazo, mediante la formulación y consistente aplicación de un programa macroecónomico multianual, se contenga la inflación en niveles inferiores al 5%.

C. Metas Intermedias

  • Activos Externos Netos del Banco de Guatemala (AEN)
    Conforme al programa monetario para 2000 se prevé que los AEN se incrementen por el equivalente del aumento en las reservas monetarias internacionales netas, que ascendería a US$150.0 millones, respecto al nivel observado a finales de 1999.
     
  • Activos Internos Netos del Banco de Guatemala
    Los activos internos netos –AIN– del Banco de Guatemala deberán ser congruentes con los montos de demanda por emisión, a efecto de lograr el resultado esperado en el sector externo. La variable de ajuste de los AIN será las operaciones de mercado abierto.

D. Variables Indicativas

Con el propósito de evaluar sistemáticamente la efectividad de la política monetaria y adoptar oportunamente las acciones necesarias para alcanzar el objetivo fundamental, así como de minimizar la volatilidad de los principales precios macroeconómicos, resulta útil y necesario el seguimiento de las variables indicativas siguientes:

  1. Emisión Monetaria
    El seguimiento de la emisión monetaria será la principal variable indicativa de la adecuada ejecución de la política monetaria; el crecimiento de dicha emisión monetaria deberá situarse en alrededor de Q710.0 millones durante el año.
     
  2. Tasas de Interés
    El Banco de Guatemala dará seguimiento a la tasa de interés de corto plazo por medio de un corredor de comportamiento que considere ajustes por inflación, demanda y tipo de cambio. Asimismo, observará la evolución de las distintas tasas de paridad, a efecto de evaluar las condiciones de competitividad del mercado respecto a mercados del exterior.
     
  3. Medios de Pago
    Consistente con el crecimiento esperado de la actividad económica y la meta de inflación, se plantea un crecimiento de los medios de pago (M2 y M3) de entre 11% y 13%.
     
  4. Crédito Bancario
    Congruente con el crecimiento esperado de los medios de pago, se espera que el crecimiento del crédito bancario al sector privado se sitúe entre 13% y 15%.
     
  5. Tipo de Cambio
    El Banco de Guatemala dará seguimiento al comportamiento del tipo de cambio, tomando en consideración los diferenciales entre la inflación interna y la externa, así como sus movimientos estacionales.
     
  6. Inflación Subyacente
    Además de observar el índice de precios oficial, el Banco de Guatemala dará seguimiento al índice de inflación subyacente, el cual excluye los rubros que tienen una elevada variabilidad que no es explicada por razones monetarias, y que se constituirá en un indicador adicional de las condiciones inflacionarias prevalecientes.
     
  7. Indice de Condiciones Monetarias
    El Banco de Guatemala dará seguimiento a un índice de condiciones monetarias que mida, de manera interrelacionada, los cambios en la tasa de interés y en el tipo de cambio respecto a un año base predeterminado y se constituya en un indicador de la dirección de la política monetaria.

MEDIDAS DE POLITICA MONETARIA, CAMBIARIA Y CREDITICIA

A. PARA MANTENER UNA POLÍTICA QUE COADYUVE A RECUPERAR LA CONFIANZA EN LA MONEDA NACIONAL

1. Operaciones de Mercado Abierto

Autorizar al Banco de Guatemala para que, en caso surjan excedentes o faltantes temporales de emisión monetaria, de acuerdo al seguimiento del programa monetario, efectúe operaciones de mercado abierto, mediante los mecanismos vigentes, manteniendo la necesaria coordinación con las entidades del sector público, a fin de asegurar el adecuado control de la liquidez en el corto y mediano plazos.

2. Otras Operaciones de Regulación Monetaria Interna

Autorizar al Banco de Guatemala para seguir participando, en forma directa o por medio del Fondo de Regulación de Valores, en el mercado de dinero, a fin de regular las fluctuaciones de la liquidez, derivadas de factores estacionales o coyunturales, de perturbaciones externas o de cambios en las expectativas de los agentes económicos.

3. Encaje e Inversión Obligatoria

a) Mantener vigentes las tasas de encaje y de inversión obligatoria.

b) Instruir a la Superintendencia de Bancos para que, a partir de abril de 2000, con el propósito de reducir la volatilidad en la liquidez bancaria y sus efectos perniciosos sobre las tasas de interés de corto plazo, traslade a esta Junta, el tercer día hábil de cada mes, la información pertinente de la posición de encaje de los bancos, a fin de aplicar lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 70 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala.

4. Participación en el Mercado Cambiario

Autorizar al Banco de Guatemala para que participe en el mercado cambiario, para adquirir las divisas que requieran el propio banco, el gobierno central y las otras entidades del sector público, para cubrir sus obligaciones en moneda extranjera, así como para reducir la volatilidad en el mercado. En todo caso, dicha participación no debe pretender modificar la tendencia del tipo de cambio.

B. PARA FORTALECER Y MODERNIZAR EL SISTEMA FINANCIERO

1. Política de Adelantos de Emergencia

No otorgar crédito a los bancos y sociedades financieras, salvo para atender problemas de liquidez de muy corto plazo y a un costo superior al del mercado. Para el efecto, se aplicará lo estipulado en la Resolución JM-295-92 y sus modificaciones. El hecho de que un banco presente una solicitud de adelanto será motivo suficiente para que la Superintendencia de Bancos realice un análisis exhaustivo de la situación financiera del mismo, a efecto de determinar si los problemas que enfrenta ese banco son de liquidez o de solvencia. En este último caso, se aplicarán las medidas legales que correspondan.

2. Operaciones con Recursos Externos

Se prohibe al Banco de Guatemala contratar financiamiento en el exterior y participar en operaciones financieras que puedan poner en riesgo su posición patrimonial, derivado de la asunción de costos mayores a los beneficios que pueda obtener en una operación, o que lleven implícitos coberturas de carácter económico-financiero o que privilegien a sectores determinados.

La Junta Monetaria podrá continuar autorizando a los bancos del sistema a contratar directamente líneas de crédito con el exterior, para financiar actividades productivas relacionadas con operaciones de comercio exterior o con proyectos de desarrollo.

3. Reformas al Marco Regulatorio del Sistema Financiero

Impulsar la reforma integral del marco regulatorio del sistema financiero, a fin de fortalecerlo y modernizarlo. Dicha reforma debe incluir, entre otros, los aspectos siguientes:

  • Instrumentos que permitan propiciar mayor solidez y solvencia al sistema de mérito; Mecanismos que promuevan el desarrollo ordenado del sistema financiero, su eficiencia y su competitividad;
  • Instrumentos tendientes a facilitar las fusiones entre bancos; Canales de colaboración con los órganos responsables de la reestructuración y modernización del mercado de valores;
  • Modificación al método de cómputo de encaje bancario;
  • Eliminación de la obligatoriedad de negociar únicamente con el Banco de Guatemala las divisas que ingresan al país y la posibilidad de la realización de operaciones en moneda extranjera;
  • Fortalecimiento efectivo de la autonomía del banco central; y,
  • Fortalecimiento efectivo de la supervisión financiera.

C. PARA APOYAR LA EFECTIVIDAD DE LA POLÍTICA MONETARIA

1. Coordinación con la Política Financiera del Sector Público

Buscar el apoyo a la política monetaria por parte del sector público, mediante la puesta en marcha de una coordinación de sus políticas financieras y de la institucionalización de una instancia que permita operativizar las acciones y afinar la integración de las cuentas del sector público y la predictibilidad de las mismas, dentro del marco del programa monetario. Especialmente, instar al Ministerio de Finanzas Públicas para que continúe diseñando y aplicando medidas de política fiscal tendientes a reducir y, en el mediano plazo, a eliminar el déficit fiscal.

2. Capitalización del Banco de Guatemala

Recomendar al Organismo Ejecutivo para que, por medio del Ministerio de Finanzas Públicas, capitalice al Banco de Guatemala con los recursos depositados actualmente en dicha institución, provenientes de la privatización de activos del Estado, para cuyo efecto deberán emitirse las disposiciones legales que correspondan.

3. Estrategia de Información

Instruir a la administración del Banco de Guatemala para implementar una estrategia de comunicación sistemática y transparente que permita generar los mecanismos adecuados para facilitar la comunicación institucional y, por ende, contribuya a fortalecer la credibilidad de la institución y de la política monetaria, cambiaria y crediticia.

III. MANTENER VIGENTES LAS DEMÁS DISPOSICIONES DE POLÍTICA MONETARIA, CAMBIARIA Y CREDITICIA QUE NO SE OPONGAN A LAS CONTENIDAS EN LA PRESENTE RESOLUCIÓN.

IV. AUTORIZAR A LA SECRETARÍA DE ESTA JUNTA PARA QUE COMUNIQUE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, LA QUE ENTRARÁ EN VIGENCIA EL 1 DE MARZO DE 2000.

Hugo Rolando Gómez Ramírez
Secretario
Junta Monetaria

 

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